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OPINIÓN | EDITORIAL
Licencia por maternidad para quien no fue madre
Las decisiones equivocadas que se adoptan invocando nuevas modas y tendencias confunden y generan absurdos precedentes
21 de Mayo de 2018
El gobierno de Río Negro otorgó una licencia por maternidad a una docente, Lorena Jerez, casada con Jorgelina Fernández, por el nacimiento de un hijo gestado por Fernández mediante fertilización in vitro. El bebé nació el mes pasado por cesárea y Fernández se tomó la licencia que le corresponde por ley.
Lo curioso del caso es que Jerez pidió que se le concediera idéntica licencia invocando su carácter de "madre", de donde le correspondería, según ella, otra licencia por maternidad, de igual duración. El gobierno provincial, después de algunas vacilaciones, hizo lugar al pedido, aparentemente buscando evitar una discriminación entre la madre gestante y la no gestante.
Lo dispuesto no resulta razonable. Una discriminación involucra la violación de la garantía de la igualdad cuando se trata en forma desigual a personas que se encuentran en idénticas circunstancias o participan de iguales características. Se violaría el principio de igualdad si se concediera una licencia por embarazo y parto a una madre de raza blanca y, en las mismas circunstancias, le fuera negada a una de raza negra.
El denominador común que definiría la igualdad sería el carácter de "madre", entendiéndose por tal, de acuerdo con el diccionario de la lengua española, la "hembra o mujer que ha parido o concebido un ser de la misma especie".
Ahora bien, la señora Jerez, beneficiaria de la cuanto menos curiosa licencia rionegrina, está casada con la madre gestante, Fernández, y reviste por ello el carácter de "esposa". Pero no es la madre biológica del bebé. No hay aquí igualdad que justifique discriminación alguna: una es madre, la otra, esposa de la madre. Ni siquiera estamos frente al más complejo caso de una mujer aportante de óvulos y otra gestadora del hijo por nacer. Por cierto, dejando de lado al papá.
Si la justificación de la licencia por maternidad es consecuencia del preparto, parto y posparto, este período de licencia paga, que podrá ser más o menos largo según las legislaciones, no se extiende a la esposa de la madre, quien por más "voluntad procreacional" que tenga ciertamente no ha pasado por ninguno de los esfuerzos físicos o psíquicos que implica un parto.
Le corresponderá en justicia, pues, una licencia de "esposa", igual o similar a la del padre en el matrimonio heterosexual, muy razonable en tanto le permite acompañar a la madre y atender al bebé, pero acotada en su plazo, más corta o más extensa, repetimos, pero nunca igual a la de la madre gestante.
Esta arbitraria manera de entender la igualdad podrá dar lugar, seguramente, a que los papás de matrimonios heterosexuales reclamen igual derecho, pese a que obviamente no son mamás y, en el caso de uniones homosexuales de dos varones, que resultan ser padres por maternidad subrogada, podrán reclamar idéntico derecho al de la esposa no gestante, pues, según esta cuestionable interpretación, no sería el parto la razón de la licencia. Y, en tal caso, ¿cuánto le correspondería de licencia a cada esposo?
En definitiva, nadie niega que al esposo o esposa, o a ambos no gestantes, les pueda corresponder una licencia por maternidad o paternidad, pero esta no puede ser igual a la de la madre gestante y parturienta, quien, además y eventualmente, alimenta al niño con su pecho.
Estas interpretaciones supuestamente igualitarias o falsamente antidiscriminatorias, carentes de toda razonabilidad o fundamento fáctico o normativo serio, no hacen sino confundir a la población, que no debe acostumbrarse a estas y a otras decisiones equivocadas, generando absurdos precedentes al invocar nuevas modas y tendencias que claramente no justifican ni amparan estos improcedentes avances.
Fuente:www.lanacion.com.ar
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