The following information is used for educational purposes only.
EDITORIALES
Escuchas judiciales: uso indebido y violación de derechos
Es responsabilidad de los medios periodísticos enfocarnos en lo que hace al interés público y no en los aspectos privados de la vida de los imputados
5 de Julio de 2019
Durante las últimas semanas se han conocido varios pronunciamientos de organismos relevantes del área judicial y de la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de la divulgación periodística de escuchas judiciales y de la responsabilidad que les cabe a quienes debieran resguardarlas.
No es un tema menor. Muy por el contrario, está directamente vinculado con la privacidad y el honor de las personas y el daño irreparable que el conocimiento de ciertas conversaciones privadas puede ocasionarles, más allá de la vinculación que esas escuchas puedan tener con una causa en trámite.
Hay aquí varios aspectos para considerar: el primero y fundamental es que las escuchas telefónicas se enfrentan a la restricción propia del derecho de defensa en juicio y el secreto profesional en relación con su divulgación, y más cuando se trata de personas privadas de su libertad. En segundo término -como bien destacan tanto la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) como el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires-, más allá de que las escuchas deriven de una orden judicial, darlas a conocer públicamente afecta las garantías y los derechos humanos de las personas investigadas, y ese conocimiento puede incluso perjudicar el éxito de las pesquisas.
No cuestionan esas entidades que se ordenen intervenciones telefónicas, sino que piden que sean administradas con prudencia y reservadas a aquellos casos en los que no exista la posibilidad de obtener información mediante otros medios. Es más: consideran que su utilización es censurable cuando se las emplea como mera "expedición o excursión de pesca", es decir, cuando sin existir una sospecha fundada se las dispone para ver qué resulta de ellas.
Hace ya tiempo que en nuestro medio las escuchas judiciales pasaron a ser un recurso periodístico de enorme divulgación. Y en este punto debemos hacer una salvedad: las escuchas llegan a la prensa porque alguien las hace trascender. La prensa no tiene acceso directo a ese tipo de material dentro de los expedientes judiciales. Son los funcionarios a cargo de la cadena de custodia los principales responsables de preservarlas para el sentido estricto que deben tener, es decir, el esclarecimiento de delitos. Otra salvedad es la responsabilidad que nos cabe a los medios de prensa de enfocarnos en lo que hace al real interés público y no a lo referido a aspectos privados de los protagonistas de causas vinculadas con graves delitos, como todos los vinculados con la corrupción.
Que algunas escuchas a exfuncionarios kirchneristas hayan revelado aspectos de rutas de coimas, carpetazos, aprietes, operaciones político-judiciales, conocimiento previo de resoluciones judiciales y negociados de diversa índole, sin dudas, representa un tema de interés público. Se trata de la investigación sobre delitos cometidos con fondos del Estado, es decir, de todos los ciudadanos. Muy distinto es hacer trascender aspectos de la vida privada de las personas investigadas.
He allí el límite del que hablan las entidades citadas y que, luego, refrendó la propia Corte Suprema con una acordada suscripta por la unanimidad de sus cinco miembros en la que, entre otras cuestiones, advirtió sobre los castigos por violación de secretos que recibirán quienes filtren escuchas judiciales, reclamó que sean provisionales, no permanentes, y que sean destruidas una vez utilizadas.
De la Corte depende la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado, encargada de las escuchas telefónicas judiciales. Si bien esa dependencia está dentro de la estructura orgánica del Poder Judicial de la Nación, funciona de manera autónoma respecto del alto tribunal, tanto en lo funcional como en la gestión, aunque este tiene facultades de modificar su estructura.
Los máximos jueces del país sostuvieron, en lo que pareció ser una advertencia directa a los organismos de inteligencia, que "el respeto o la violación de la privacidad es uno de los síntomas que permiten diferenciar a los sistemas democráticos de los regímenes autoritarios". Ese pronunciamiento tuvo lugar tras la filtración de grabaciones judiciales en las que presos kirchneristas decían estar al tanto del expediente contra el fiscal de la causa de las coimas, Carlos Stornelli.
Con anterioridad a esa difusión, precisamente en las que se escuchaba a Cristina Kirchner dialogar con Oscar Parrilli, la Corte ya había deslindado su responsabilidad al apuntar a la AFI como el organismo sospechoso de haberlas filtrado. Como consecuencia de todo ello, en su acordada unánime, pidió a la comisión bicameral del Congreso, responsable de controlar los organismos de inteligencia, que certifique si la AFI realiza espionajes sin orden judicial.
Debe ser bienvenida esta decisión de la cabeza del Poder Judicial de reglamentar de manera restrictiva las escuchas y restringir su utilización en investigaciones judiciales. También, el hecho de haber dispuesto que sean todos los eslabones de la cadena de custodia los que velen por su confidencialidad y haber determinado a qué castigos penales deben ser sometidos quienes violen ese mandato.
Paralelamente, los cinco jueces del máximo tribunal pidieron al Consejo de la Magistratura que analice el informe sobre el grado de aplicación que hacen los magistrados de instancias inferiores de esos criterios restrictivos y si fundamentan en cada caso su utilización.
Fuente:https://www.lanacion.com.ar/editoriales/escuchas-judiciales-uso-indebido-y-violacion-de-derechos-nid2264744
Subscribe to:
Post Comments (Atom)
La vejez. Drama y tarea, pero también una oportunidad, por Santiago Kovadloff
The following information is used for educational purposes only. La vejez. Drama y tarea, pero también una oportunidad Los años permiten r...
-
The following information is used for educational purposes only. 7 Self-Care Rituals That Will Make You a Happier and Healthier Perso...
-
The following information is used for educational purposes only. Transcript: ...
-
The following information is used for educational purposes only. La vejez. Drama y tarea, pero también una oportunidad Los años permiten r...
No comments:
Post a Comment
All comments are welcomed as far as they are constructive and polite.