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OPINIÓN | EDITORIAL
Género e igualdad de salarios
Es imprescindible encarar un debate serio y libre de prejuicios, que no agrave aquello que se quiere proteger, creando riesgos adicionales
7 de marzo de 2018
En su discurso de apertura de las sesiones ordinarias del Congreso, el presidente Macri destacó la necesidad de sancionar una ley que asegure la equiparación del salario entre mujeres y hombres, a igualdad de tareas. Se trata de una larga aspiración enmarcada en el artículo 14 bis de la Constitución nacional, que dice: "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador [...] igual remuneración por igual tarea [...]".
La iniciativa presidencial agrega a ese postulado constitucional la cuestión de la diferenciación de sexo, o de género, según su uso actual. De esta forma, se le ha dado el sentido de una reivindicación de género, que es consecuente con los nuevos tonos observados en el discurso presidencial. La fundamentación de la propuesta se apoyó en estadísticas que muestran remuneraciones promedio más bajas en las mujeres que en los hombres.
Lo que parece una política justa está sujeto, sin embargo, a ciertas reservas, ya que las intervenciones y controles para lograr ese objetivo pueden terminar perjudicando a quienes se intenta beneficiar. El mecanismo propuesto es el de iniciar un proceso con una denuncia, toda vez que una mujer se sienta discriminada por ser su remuneración inferior a la de un hombre. Abierto este camino, la iniciativa legal, cuya letra aún no se conoce, determinará la forma en que la empresa deberá aumentar el salario de la denunciante para equipararlo con el del denunciado. La comprobación oficial de cumplimiento de esa ley exigirá el control por parte de ciertos órganos de gobierno. Esto implicaría más costos burocráticos, pero todavía más importantes serán los costos adicionales y los riesgos para la empresa privada. En momentos en que se trabaja arduamente en mejorar la competitividad y atraer inversiones, este tipo de iniciativas, así como la ampliación de la licencia por paternidad, juegan en sentido contrario.
Un dictamen para decidir que una tarea es igual a otra es cada vez más difícil. Con excepción de trabajos manuales y repetitivos que tienen resultados físicos claramente medibles, en general es muy difícil esta evaluación. En rigor, es casi imposible. Tanto en servicios como en producción de bienes aparecen diferencias de calidad, tiempo y oportunidad. Los avances de la tecnología hacen cada vez más difícil comparar tareas. Puede haber diferencias de creatividad, actitud, ausentismo, innovación o permanencia que justifiquen distintos salarios. Una denuncia por discriminación salarial será muy fácil de realizar, pero muy difícil de resolver. Estando originada la legislación en el objetivo de proteger a la mujer, los jueces tenderán a acoger más fácilmente sus denuncias y argumentos que las explicaciones en defensa del empleador. No se prevén denuncias en sentido contrario. Es decir, de hombres que se sientan discriminados reclamando igualarse con mujeres de mayor salario.
A raíz de esto habrá una resistencia mayor que la actual a contratar mujeres. Habría un factor de riesgo adicional y, para disiparlo, deberían reconocérseles a las mujeres salarios suficientemente más altos que los de los hombres. Esto también será una desventaja para las mujeres en la obtención de un empleo.
No habiendo actualmente ninguna disposición que imponga remuneraciones más altas para los hombres, sería interesante analizar las causas de la diferencia en los promedios salariales entre ambos sexos. Si se las identificara y fueran corregibles, habría que actuar para hacerlo en el nivel y el sector que correspondan. Por ejemplo, en la educación y la salud, si fuera el caso. O sea, no intentar modificar compulsivamente el resultado, sino operar sobre sus causas. Es imprescindible realizar un debate serio y libre de prejuicios.
Fuente:www.lanacion.com.ar
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